Estas son las nuevas deducciones que podrás aplicar en la Renta 2024 si vives en la Comunidad Valenciana

Estas son las nuevas deducciones que podrás aplicar en la Renta 2024 si vives en la Comunidad Valenciana

La campaña de la declaración de la Renta 2024 ya ha comenzado, permitiendo a los contribuyentes acceder al borrador para confirmarlo. Además de todos los ingresos y gastos que se han tenido durante 2024, también hay que tener en cuentas las deducciones tanto estatales como autonómicas. En este artículo te contamos todas las deducciones autonómicas que podrás practicar en tu Renta si vives en Valencia.

Las deducciones, que muchas son de situaciones comunes como el propio alquiler o el nacimiento de un nuevo hijo, permiten reducir la base imponible. Es decir, el monto total de dinero donde se va a aplicar el porcentaje de impuestos a pagar. El hecho de deducir alguno de los gastos recogidos en la normativa puede permitir pagar menos dinero en impuestos o recibir una devolución mayor.


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En términos generales, todas las deducciones siguientes van a poder aplicarse en la renta siempre que las sumas de las casillas 500 y 510 no supere los 30.000 euros en tributación individual y 47.000 euros en conjunta.

Deducciones familiares

En materia de familias, la Comunidad Valenciana cuenta con muchas subvenciones que están destinadas principalmente a reducir la presión económica que pueden tener las familias con varios hijos o que deban cuidar a sus padres.

  • Por nacimiento, adopción o acogimiento familiar. Se deducen 300 euros por hijo nacido, adoptado o acogido.
  • Por nacimiento o adopción múltiples. Se deducen 246 euros cuando se han tenido partos múltiples o se adoptaron a varios hijos en el mismo año.
  • Por nacimiento o adopción de hijos con discapacidad. Cuando la discapacidad física o sensorial sea superior al 65% se percibirán 246 euros de deducción. En el caso de que el hermano de este hijo tenga también una discapacidad superior al 65% (35% en el caso de psíquicas), ascenderá a los 303 euros.

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  • Por familia numerosa o monoparental. Si se tiene ya reconocida la categoría general de familia numerosa se recibirán 330 euros de deducción. En el caso de la categoría especial se asciende hasta los 660 euros.
  • Deducción de gastos de guardería. Se deducirá el 15% de las cantidades que se hayan pagado en las guarderías y centros de primer ciclo de educación infantil de los hijos menores de tres años.
  • Por conciliación del trabajo con vida familiar. Deducción general de 460 euros por cada hijo o acogido que tenga entre tres y cinco años. Únicamente la van a poder aplicar las madres o acogedoras y siempre que realice una actividad por cuenta propia o ajena.
  • Ascendientes de 75 años o mayores de 65 años con discapacidad. Cada ascendiente deducirá 197 euros en línea directa, afinidad o adopción. La discapacidad reconocida para los ascendientes de 65 años debe ser de mínimo 65% en discapacidad física y del 33% en discapacidad psíquica.
  • Deducción por contrato de empleados de hogar para el cuidado de personas. Se aplica tanto cuando el contribuyente tiene hijos menores de cinco años o ascendentes mayores de 75 años (o 65 años con discapacidad). En ambos casos se debe convivir con el contribuyente al menos la mitad del año y estos ascendentes no deben tener rentas por encima de 8.000 euros. Se deducirá en este caso el 50% de las cuotas a la Seguridad Social que se hayan pagado por el empleado de hogar.

Deducciones en vivienda

Rentas derivadas del alquiler que no superen el precio de referencia. Si estás recibiendo ingresos por un alquiler que se ajusta al precio de referencia marcado por la Generalitat, se podrá aplicar un 5% de deducción con un máximo de 3.300 euros.

Por primera adquisición de vivienda habitual en contribuyentes de menos de 35 años. Se podrá deducir el 5% de las cantidades que se hayan pagado por el crédito solicitado para pagar la vivienda, excepto los intereses. El límite de deducción siempre va a depender de la base liquidable del contribuyente.

Adquisición de vivienda habitual por personas con discapacidad. Como en el caso anterior, se va a poder deducir el 5% de las cantidades abonadas por la vivienda, pero no habrá límite de edad. Solo se tendrá en cuenta si existe un 65% o más de discapacidad física o un 35% o más de discapacidad psíquica.

Arrendamiento de la vivienda habitual. Si tu vivienda es de alquiler, vas a poder deducir el 20% de las cantidades pagadas con un límite de 800 euros. Pero en el caso de ser menor de 35 años o tener una discapacidad, se va a poder desgravar el 25% del alquiler con un límite de 950 euros.

Cantidades invertidas en generación de energía eléctrica en autoconsumo. Se podrá deducir el 40% de las cantidades que se hayan invertido en las instalaciones de la vivienda habitual para generar energía. En el caso de las segundas residencias, la deducción se reduce al 20%. El límite máximo de deducción se marca en 8.800 euros por vivienda.

Deducciones en donaciones

Las donaciones que se hacen a diferentes organizaciones sin ánimo de lucro son muy relevantes en Valencia. En la Renta se encuentran muchas formas de ahorrar con estas donaciones, que son las siguientes:

  • Donaciones con finalidad ecológica.
  • Donaciones de bienes integrantes del Patrimonio Cultural Valenciano.
  • Donativos a la conversación del patrimonio.
  • Donaciones por el fomento de la Lengua Valenciana.
  • Por fines culturales, científico o deportivo no profesional.

En todos estos campos se aplica la misma cantidad de deducción: los primeros 150 euros suponen una deducción del 20% y a partir de ahí se deducirá el 25%. Obviamente, las organizaciones a las que se haga la donación deben estar adscritas a la Generalitat y estar completamente auditadas por la administración.

Otras deducciones

Cantidades satisfechas en compra de material escolar. Deducción de 110 euros por cada hijo o menor acogido.

Pagos en actividades culturales. Deducción del 21% en los pagos hechos para comprar abonos culturales de empresas que estén asociadas a la Generalitat.

Residir en un municipio con riesgo de despoblamiento (con menos de 300 habitantes). Se recibirán 330 euros de manera general, que se incrementará en 132 euros cuando se tenga un hijo, 198 euros con dos hijos y 264 euros cuando son tres o más descendientes.

Por tratamientos hechos en clínicas de fertilidad. Deducción de 100 euros cuando la mujer esté en una edad comprendida entre los 40 y 45 años y siempre que se haga en centros autorizados.

Cantidades satisfechas en categoría de salud. Se podrán deducir 100 euros en el tratamiento de las enfermedades ‘raras’ o que tienen un daño cerebral o neurodegenerativo. Se aplicará un 30% a las cantidades  satisfechas en las siguientes categorías:

  • Tratamientos bucodentales no estéticos con un máximo de 150 euros.
  • Patología relacionada con la salud mental: 150 euros máximo.
  • Adquisición de gafas, lentillas o soluciones de limpieza: 100 euros como máximo.

Gastos destinados a la práctica del deporte o las actividades saludables con un límite máximo de 150 euros. Se podrá deducir un 30% en gastos asociados a la práctica del deporte como la cuota del gimnasio. Pero si el declarante cuenta con discapacidad aumenta a 50%, mientras que los mayores de 75 años tienen una deducción del 100%.

Deducciones para personas afectadas por la DANA

Unas de las grandes novedades de la Renta 2024 en Valencia sin duda son las deducciones por la DANA del mes de octubre. Para poder tratar de paliar en parte los gastos que se derivan de la catástrofe en la reconstrucción, se ha autorizado la deducción de las cantidades destinadas a reconstruir la vivienda habitual y también las aportaciones a fondos propios que desarrollen actividades económicas.

De manera extra, también se autorizará a que las ayudas que se han recibido por parte del gobierno central y autonómico no cuenten en el pago del IRPF. Algo que a día de hoy todavía no está muy claro como se va a aplicar.

Imágenes | Kelli McClintock collin van der kolk

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La noticia

Estas son las nuevas deducciones que podrás aplicar en la Renta 2024 si vives en la Comunidad Valenciana

fue publicada originalmente en

Genbeta

por
José Alberto Lizana

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